Ya llega el comienzo de la época de transporte escolar y en Autos Facal somos conscientes y estamos preparados para ello. Un año más comenzaremos con la rutas escolares con la tranquilidad de que nuestros autocares reúnen todos los requisitos de seguridad que se deben de tener.
En este artículo vamos a comentar que requisitos de seguridad deben de cumplir los autobuses escolares.
La norma que establece las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, es el Real Decreto 443/2001, del 27 de abril de 2001. En esta se fijan los requisitos relativos a la seguridad, obligatorios para el servicio de transporte escolar, que han de cumplir, el vehículo, el conductor, el trayecto y los pasajeros.
En este artículo nos centraremos en las normas para el vehículo, es decir el autocar.
Antiguedad: Los autobuses escolares, no pueden tener más de 16 años desde la fecha matriculación. Es decir, en este año 2018, los autobuses del año 2001, ya no pueden realizar este tipo de servicios, aunque los matriculados en los meses de Septiembre a Diciembre, ambos incluidos, si podrían trabajar como autobuses escolares durante todo el curso 2018/19. ( En Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla el límite son 18 años de antigüedad).
Ventanas: No deberán de poder abrirse más de un tercio de su tamaño, y únicamente por su parte superior.
Asientos: Los que van justo detrás del conductor, es decir los de la primera fila deben estar protegidos por una mampara obligatoriamente, y en el caso de que se hayan eliminado asientos para disponer de plazas para PMR, los asientos regulares que queden en la primera fila tras esta modificación, deber estar equipados con cinturones de seguridad de tres puntos, o bien una mampara de protección.
Suelos: Los suelos de los autobuses dedicados a transporte escolar y de menores, han de ser antideslizantes.
Escaleras: Los peldaños tienen que estar señalizados por colores vivos, y también su piso ha de ser antideslizante.
Puertas: Es obligatorio lleven asideros para facilitar tanto la entrada como la salida del autobús, y tiene que ser posible abrirlas tanto por dentro como por fuera, de forma sencilla. También tiene que estar protegido el mecanismo de apertura de estas puertas.
Cinturones: Todos los autobuses matriculados a partir de 2006, tienen que tenerlos, lo que quiere decir que hay autobuses que pueden ser validos para el transporte escolar, y no llevar cinturones aunque normalmente, los padres y colegios, exigen que los autobuses escolares que los lleven, por lo que es posible instalarlos y homologarlos para este fin.
Placa de identificación de vehículo escolar: Tienen que tener 2 plazas, una en la parte delantera del autobús, y otra en su parte trasera.
Además de cumplir todos los requisitos anteriores, los autobuses escolares, por obligación han de incorporar 2 extintores, martillos y un botiquín para primeros auxilios.
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